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Ayudas individuales a personas mayores, y a personas con discapacidad

Ayudas individuales a personas mayores, y a personas con discapacidad

Las ayudas irán destinadas a financiar gastos realizados durante el ejercicio presupuestario 2024, así como aquellos realizados en el año anterior desde la terminación del plazo ordinario de presentación de solicitudes de la convocatoria de estas ayudas individuales para el año 2023.

Solamente se podrá solicitar ayuda para un producto de apoyo. Se considerarán como un solo producto de apoyo:

  • Dos audífonos. Preferentemente con posición T
  • Dos prótesis dentales removibles completas: superior e inferior.
  • Dos prótesis dentales removibles completas parciales: superior e inferior.
  • Colchón antiescaras y cama articulada (manual o eléctrica).

Gastos no subvencionables:

  • No se subvencionarán prótesis dentales fijas ni tratamientos dentales.
  • No se subvencionará a las personas que tengan su domicilio en Centros Residenciales la adquisición de productos de apoyo que deban ser proporcionados por el propio centro.
  • No se subvencionarán camas articuladas ni colchones antiescaras a personas alojadas en Centros Residenciales u otro tipo de vivienda colectiva.
  • No se subvencionará la adquisición de productos de apoyo a quien ya hubiera recibido ayuda por el mismo concepto en las 3 últimas convocatorias.

Documentos a presentar:

  • Solicitud normalizada del procedimiento o servicio.
  • Ficha de Acreedores. Ver enlace para descargarla en el apartado: Información adicional.
  • Certificado de convivencia actualizado expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud por el Ayuntamiento en el que resida el solicitante. En el certificado deben figurar todos los miembros de la unidad familiar.
  • En su caso, certificados de ingresos del solicitante y de los miembros de la unidad familiar referidos a 2022.
  • En su caso, presentar el consentimiento para la comprobación de la situación socio económica de todos los miembros de la unidad familiar. Dicho consentimiento se realizará con la firma de todos los miembros de la unidad familiar en los apartados correspondientes a cada miembro. El consentimiento figura en la página 3 del modelo normalizado de solicitud.
  • Documento mediante el que acredite tener reconocida la condición de persona con discapacidad o el derecho a cualquiera de las prestaciones, de acuerdo con lo establecido en la BASE II.B.2. Si el grado de discapacidad ha sido reconocido por los Centros de Valoración de personas con discapacidad del Principado de Asturias, se exime de la presentación del mismo. Esta documentación no se exigirá a las personas mayores incluidas en los requisitos particulares del número 1 de la Base II.
  • En el caso de pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado total, absoluta o gran invalidez deberán aportar documento acreditativo de la Seguridad Social en el que se señalen las razones médicas que motivaron dicho reconocimiento.
  • En el caso de pensionistas de Clases Pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad deberán aportar documento acreditativo de la entidad que ha reconocido la pensión en el que se señalen las razones médicas que motivaron dicho reconocimiento.
  • Informe médico emitido por facultativo del Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) acreditativo de la necesidad en el caso de ayudas solicitadas por las personas mayores sin discapacidad incluidas en los requisitos particulares del número 1 de la Base II.
  • En el caso de ayudas solicitadas para la adquisición de prótesis dentales, se deberá presentar en todo caso, informe médico del Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) acreditativo de la necesidad.
  • Presupuesto actualizado que justifique el coste de la ayuda solicitada. En él deberá constar necesariamente la denominación de la empresa, su número de identificación fiscal, importe del concepto solicitado y fecha. En el caso de que ya se haya adquirido el producto se podrá aportar la factura.

Plazo de solicitud: del 10 de abril al 9 de mayo de 2024. Más información en Servicios Sociales del Ayto. de Colunga o en el siguiente enlace: https://sede.asturias.es/-/dboid-6269000157449081307573

 

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