Estas en:

Noticia

Segundo recordatorio fin de plazo para justificación de las ayudas concedida al comercio local, pymes y autónomos del Ayuntamiento de Colunga

Segundo recordatorio fin de plazo para justificación de las ayudas concedida al comercio local, pymes y autónomos del Ayuntamiento de Colunga

Según el artículo 11 de las Bases y convocatoria reguladoras para la concesión de subvenciones de ayudas al comercio local, pymes y autónomos del Ayuntamiento de Colunga (BOPA 29/03/2021)

La persona beneficiaria de la ayuda deberá presentar en el séptimo mes a contar a partir del día siguiente de la publicación de la concesión de la subvención (18/06/2021) la siguiente documentación:

  1. Certificado actualizado de Situación Censal que indique la actividad económica con su fecha de alta, el domicilio fiscal, y en su caso, el local de desarrollo de la actividad
  2. Resolución/certificación del alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutua profesional correspondiente de la persona física o de la persona administradora actualizado a la fecha de presentación de la justificación
  3. Vida laboral del código de cuenta de cotización de la Empresa correspondiente al mes de abril de 2021.

 

Transcurrido el plazo establecido (31 de enero de 2022) sin haberse presentado  la documentación mencionada ante el Ayuntamiento de Colunga, éste requerirá al beneficiario para que el plazo improrrogable de un mes sea presentada a los efectos de lo dispuesto en este artículo. La falta de presentación de la documentación indicada en este plazo llevará consigo la pérdida de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la normativa sobre subvenciones.