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Tramitación del Expediente Matrimonial en el Registro Civil

Es el procedimiento previo a la celebración del matrimonio, mediante el cual los contrayentes acreditan, en expediente tramitado según legislación del Registro Civil, que reúnen los requisitos de capacidad establecidos en el Código Civil para contraer matrimonio. Se debe realizar en el Registro Civil del municipio donde esté empadronado uno de los contrayentes.

El Registro Civil de Colunga se encuentra en la planta baja de la Casa Consistorial, Plaza del Ayuntamiento, 1 – 33320 Colunga

Documentación necesaria

  • DNI de cada solicitante y fotocopia de los mismos, o en su caso, del pasaporte o la tarjeta de residencia, y libro de familia en el supuesto de tener hijos comunes.
  • Certificado literal de nacimiento actualizado y expedido por el Registro Civil de la localidad de nacimiento de ambos interesados.
  • Certificado de empadronamiento que acredite el domicilio de los dos últimos años de ambos solicitantes. Si durante los dos últimos años se hubiese cambiado de municipio, también el padrón del anterior municipio.

Además de la documentación anterior...

  • Los extranjeros deben presentar un certificado de nacimiento de su país de origen y certificado de capacidad matrimonial (según los países), debidamente legalizado.
  • Los viudos deben aportar el certificado literal de su matrimonio anterior y certificado literal de defunción del cónyuge anterior fallecido.
  • En el caso de los divorciados o de matrimonios anulados, se debe aportar el certificado literal del matrimonio anterior, donde constará la inscripción marginal de divorcio o nulidad. Las sentencias de divorcio dictadas fuera de España necesitan el Exequátur de las mismas (convalidación). Sala I del Tribunal Supremo.
  • Los menores de entre 16 y 18 años deberán obtener la emancipación por concesión de sus padres o de los que ostenten la patria potestad, y una vez emancipados tendrán que aportar certificación literal de nacimiento con inscripción marginal de emancipación. Los menores de entre 14 y 16 años tendrán que obtener previamente la dispensa del impedimento de prohibición de edad, tramitado en el Registro Civil.

1.- Celebración del matrimonio civil en el Registro Civil de Colunga

Es el acto de la boda, por el que dos personas contraen matrimonio civil ante la autoridad competente.

¿Quién oficia la ceremonia?

El Juez de Paz

¿Cuál es el horario?

De lunes a viernes de 10.00 a 14.00 horas.

La inscripción hace fe del acto del matrimonio y de la fecha, hora y lugar en que se contrae. Es el medio de prueba de que el matrimonio se ha realizado, siendo ésta el título que legitima el estado civil de casado.

El matrimonio desde su celebración produce efectos civiles, y para el pleno reconocimiento de los mismos será necesaria su inscripción en el Registro Civil.

El mismo acto del matrimonio supone la inscripción en el Registro Civil .

2.- Celebración del matrimonio civil en el Ayuntamiento de Colunga

Es el acto de la boda, por el que dos personas contraen matrimonio civil ante la autoridad competente.

¿Quién oficia la ceremonia?

Alcalde o concejal delegado del Ayuntamiento de Colunga.

¿Donde se puede celebrar?

En el momento de rellenar la solicitud de matrimonio, se debe indicar la fecha, hora y lugar de celebración de la boda, para que conste en el expediente previo; si es en la Casa Consistorial la boda se celebrará en el Salón de Plenos.

Para contraer matrimonio es necesario abonar una tasa: en el caso de celebración dentro de la Casa consistorial la tasa será de 60 euros y en el caso de que sea en otro lugar del municipio la tasa será de 100 euros.

¿Cuál es el horario?

De lunes a viernes de 10.00 a 14.00 y sábados de 10.00 a 13.00. Existe la posibilidad de consultar otros horarios.

¿Qué se necesita?

  • Una vez tramitado el correspondiente expediente matrimonial que autoriza la celebración de la boda, el Registro Civil de Colunga dará conocimiento de la resolución del expediente al Ayuntamiento, cuando la boda se vaya a celebrar en el Consistorio.
  • Concertar fecha de la boda: Es necesario confirmar fecha de la boda con el Ayuntamiento.

Documentos que hay que entregar en el Ayuntamiento de Colunga

  • Solicitud debidamente cumplimentada.
  • Fotocopia del documento identificador de los contrayentes: D.N.I. en caso de ser españoles, tarjeta de residencia o pasaporte en vigor cuando se trate de extranjeros.
  • Fotocopia del documento identificador de dos testigos, mayores de edad: D.N.I. si son españoles, tarjeta de residencia o pasaporte en vigor si son extranjeros.
  • Resguardo del pago de la tasa municipal.

La inscripción hace fe del acto del matrimonio y de la fecha, hora y lugar en que se contrae. Es el medio de prueba de que el matrimonio se ha realizado, siendo ésta el título que legitima el estado civil de casado.

El matrimonio desde su celebración produce efectos civiles, y para el pleno reconocimiento de los mismos será necesaria su inscripción en el Registro Civil.

El Alcalde o Concejal ante quien se celebre el matrimonio extenderá el acta correspondiente con su firma y la de los contrayentes y testigos.

Libro de Familia

Se debe recoger en el Registro Civil del Ayuntamiento de Colunga.